Mérida, Yucatán a 10 de Junio de 2016

Modificaciones para auditores externos, auditores internos y representantes acerca de la Certificación en materia de PLD/FT de la CNBV

Este día 9 de Junio de 2016 la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del Diario Oficial de la Federación ha publicado la “Resolución que modifica el acuerdo por el que se da a conocer el calendario para iniciar el proceso de certificación de auditores externos independientes, oficiales de cumplimiento y demás profesionales en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo.”

La resolución es aplicable a entidades financieras, centros cambiarios, transmisores de dinero y sociedades financieras de objeto múltiple no reguladas.

El objeto de la resolución es llevar a cabo una aclaración respecto de fechas para que los auditores externos independientes lleven a cabo el proceso de certificación en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo. Esta aclaración es muy conveniente para dar seguridad jurídica tanto a los auditores externos como a las entidades obligadas ya que la resolución previamente publicada que se modifica únicamente establecía de forma puntual las fechas en las que las propias entidades debían iniciar sus procesos de certificación, dejando en incertidumbre la fecha en la que los auditores debían iniciar el proceso de certificación o incluso ya contar con la misma.

Otro objetivo de esta resolución ha sido incluir expresamente a los auditores internos y a los representantes de ciertas entidades dentro de los sujetos obligados a llevar a cabo este proceso de certificación en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.

Es así, que en la resolución que nos ocupa se REFORMA la denominación del «Acuerdo por el que se da a conocer el calendario para iniciar el proceso de certificación de auditores externos independientes, oficiales de cumplimiento y demás profesionales en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo», para quedar como sigue:

Acuerdo por el que se da a conocer el calendario para iniciar el proceso de Certificación de Auditores externos Independientes, Auditores Internos, Oficiales de Cumplimiento, Representantes y demás profesionales en materia de Prevención de Operaciones con Recursos de Procedencia ilícitas y Financiamiento al Terrorismo.

Se reforma el artículo primero en el que se señalan nuevas figuras jurídicas para iniciar el proceso de certificación.

También se ADICIONA un artículo tercero en el presente acuerdo:

Artículo 3. Los auditores externos independientes y los auditores internos a que hace referencia el artículo 1 del presente Acuerdo, podrán iniciar el proceso de certificación en cualquier fecha, no obstante, deberán contar con el certificado a que aluden las Disposiciones a más tardar el 1 de enero de 2017.

Esta resolución entra en vigor a partir del 10 de junio del 2016.

En caso de requerir mayor ampliación, aclaración o consultoría en esta materia nos ponemos a sus amables órdenes y le agradecemos comunicarse a nuestras oficinas.

Atentamente

Echeverría Castellanos Contadores Públicos, S.C.P.