Mérida, Yucatán, a 8 de abril de 2019

 

Nuevas reglas para incorporar al IMSS a los trabajadores domésticos y a Jóvenes construyendo el futuro

 

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) dio a conocer en el DOF el pasado viernes 29 de marzo los acuerdos siguientes con el objetivo de establecer facilidades administrativas que garanticen el derecho a la salud y la seguridad social a los trabajadores domésticos y a los beneficiarios del programa “Jóvenes Construyendo el futuro,” mismos que entraron en vigor al día siguiente de su publicación, es decir, a partir del 30 de marzo de 2019:

  1. ACDO.AS2.HCT.300119/53.P.DIR y su Anexo Único, relativo a las Reglas de carácter general para la prueba piloto de la incorporación de los trabajadores domésticos al Régimen Obligatorio del Seguro Social.

En este acuerdo se establece que los patrones de los trabajadores domésticos podrán optar por afiliarlos conforme a las reglas antes citadas, presentando el movimiento afiliatorio de alta respectivo en la Subdelegación del IMSS más cercana a su domicilio, o bien, a través de la página de Internet: www.imss.gob.mx. Para inscribirse a la prueba piloto, el patrón debe contar con el nombre completo del trabajador, domicilio, Número de Seguridad Social, salario mensual y Clave Única de Registro de Población (CURP).

En caso de que el trabajador doméstico no cuente con Número de Seguridad Social (NSS), éste podrá tramitarlo en la página de Internet del Instituto (www.imss.gob.mx), mediante la aplicación móvil IMSS Digital o en la Subdelegación que corresponda a su domicilio.

También se menciona que, a partir del 1 de abril de 2019, el trabajador del hogar podrá ser inscrito con el Salario Base de Cotización (SBC) que perciba en ese momento, y su patrón o patrones deberán cubrir el monto de las cuotas obrero-patronales correspondiente por mes anticipado, conforme al SBC mensual y días laborados con cada patrón. Por lo tanto, si se trata de trabajadores del hogar que laboren exclusivamente para un patrón durante todo el mes, éste deberá cubrir la totalidad de las cuotas obrero patronales correspondientes al periodo. En cambio, si el trabajador labora con más de un patrón, cada uno de ellos deberá cubrir el monto correspondiente a las cuotas obrero patronales proporcionales a los días que el empleado labore con él.

De esta manera, el patrón o patrones tendrán hasta el día 20 del mes calendario para realizar el pago de las cuotas del mes, iniciando la cobertura del aseguramiento en el Régimen Obligatorio del Seguro Social el primer día calendario del mes inmediato siguiente al pago.

Con el pago de estas cuotas, los trabajadores domésticos disfrutarán de la cobertura que brinda el IMSS, mediante los seguros de enfermedades y maternidad; riesgos de trabajo; invalidez y vida; retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, así como guarderías y prestaciones sociales.

  1. ACDO.AS2.HCT.270219/93.P.DIR y su Anexo Único, relativo a las Reglas de carácter general para incorporar al Régimen Obligatorio del Seguro Social, por lo que corresponde a las prestaciones en especie que otorgan los seguros de Enfermedades y Maternidad, y de Riesgos de Trabajo, a los beneficiarios del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro.

De acuerdo con las reglas previstas en el acuerdo antes mencionado, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) inscribirá en el IMSS a los beneficiarios del programa Jóvenes Construyendo el Futuro a través del sistema IMSS Desde su Empresa (IDSE) y  llevará el registro de los beneficiarios del programa inscritos, mismo que deberá contener como mínimo: nombre completo, Número de Seguridad Social (NSS), Clave Única de Registro de Población (CURP), así como las fechas de ingreso y egreso del programa.

Por último, para que los beneficiarios del programa puedan recibir atención médica en el IMSS, éstos deberán registrarse en la Unidad de Medicina Familiar (UMF) más cercana a su domicilio, ingresando a la página oficial del IMSS o mediante la aplicación móvil del IMSS; o bien, de forma presencial en la UMF que le corresponda a su domicilio.

Le recordamos que en caso de requerir mayor ampliación, aclaración o consultoría en esta materia nos ponemos a sus amables órdenes y le agradecemos comunicarse a nuestras oficinas.

Atentamente

Echeverría Castellanos Contadores Públicos, S.C.P.