Mérida, Yucatán, 28 de Diciembre de 2016

Actualización en las cuotas de IEPS para combustibles

Con fecha de 27 de diciembre de 2016 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el ACUERDO por el que se actualizan las cuotas que se especifican en materia del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) para combustibles, puesto que en el paquete de las Reformas Fiscales 2017 no hubo reforma alguna a dicha Ley.

El ACUERDO mencionado en el párrafo anterior señala que el factor de actualización aplicable para el año de 2017 es de 1.0330, resultado de la división del Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) del mes de noviembre de 2016, entre el INPC del mes de noviembre de 2015, conforme lo señalado en el artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación (CFF).

Ahora bien, a continuación presentaremos las tablas comparativas de las cuotas aplicables a los combustibles automotrices en el 2016 con las que estarán vigentes a partir del 1 de enero del 2017, de acuerdo al factor de actualización 1.0330:

Artículo 2, fracción I, inciso D) de la Ley del IEPS

gas1

Artículo 2, fracción I, inciso H) de la Ley del IEPS

gas2

Artículo 2-A, fracciones I, II y III de la Ley del IEPS

gas3

Esta información es de gran utilidad y de aplicabilidad inmediata principalmente para aquellos contribuyentes que causan IEPS, así como para aquellos contribuyentes que aprovechen el estímulo en materia de IEPS pagado en la adquisición de Diesel a que se refiere la Ley de Ingresos de la Federación para 2017 (Contribuyentes dedicados al autotransporte federal de carga, pasajeros y turismo que utilizan diesel en dicha actividad o aquellos contribuyentes dedicados a las actividades empresariales que utilicen diesel para mover maquinaria en dichas actividades empresariales).

En caso de requerir una ampliación, aclaración o consultoría en este tema nos ponemos a sus órdenes y le agradecemos comunicarse a nuestras oficinas.

Atentamente

Echeverría Castellanos Contadores Públicos, S.C.P.