Mérida, Yucatán, 28 de octubre de 2014 

Presentación de la Información de Operaciones Relevantes – Formato 76

Derivado de las Reformas Fiscales 2014, en el Código Fiscal de la Federación (CFF) se adicionó el artículo 31-A, el cual establece la obligación de que los contribuyentes presenten la información de las operaciones que se señalen en la forma oficial que aprueben las autoridades fiscales competentes, dentro de los 30 días siguientes a aquél en que se efectuaron.

Ahora bien, el mencionado artículo 31-A del CFF no especifica cuáles son las operaciones que deben informarse, solamente señala que serán las que la autoridad establezca en la forma oficial.

Dicha “forma oficial” no fue vuelta a mencionar hasta el pasado 16 de octubre del presente año en la publicación de la Quinta Resolución de Modificaciones de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), en su regla I.2.8.1.14, la cual se transcribe a continuación:

Información de operaciones a que se refiere el artículo 31-A del CFF
Para los efectos del artículo 31-A del CFF, los contribuyentes tendrán por cumplida la obligación establecida en la citada disposición, cuando presenten de forma mensual en términos de lo dispuesto en la ficha de trámite 169/CFF, la información de las operaciones que se señalan en la forma oficial 76 “Información de operaciones relevantes (artículo 31-A del Código Fiscal de la Federación)” relacionado en el Anexo 1 de la RMF, que hubieren ocurrido a partir del 1 de enero de 2014, conforme a lo siguiente:

Operaciones realizadas en:

Fecha límite en que deberá presentarse la forma:

Enero, Febrero y Marzo 2014

30 de Octubre de 2014
Abril, Mayo y Junio 2014

30 de Noviembre de 2014

Julio, Agosto y Septiembre 2014

30 de Diciembre de 2014

Octubre, Noviembre y Diciembre 2014

30 de Enero de 2015

Ahora bien, la “forma oficial 76” mencionada en la regla transcrita anteriormente fue publicada en la página del SAT el pasado 23 de octubre,  por lo que es importante recordar que en el CFF, en su artículo 31 menciona que los formatos electrónicos se darán a conocer en la página de internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT), de acuerdo a las disposiciones fiscales aplicables y que serán de uso obligatorio, siempre que la difusión del formato se lleve a cabo al menos con un mes de anticipación a la fecha en la que el contribuyente este obligado a utilizarlo; es decir, que aunque la fecha límite para la presentación de la Información de Operaciones Relevantes antes mencionada sea el 30 de octubre del presente año, se tendrá un plazo adicional de un mes contado a partir del 23 de octubre.

Respecto a la presentación de la Información de Operaciones Relevantes el SAT publicó la siguiente información:

  • Obligatoria tanto para personas físicas como para personas morales.
  • Se enviará el formato 76 (archivo en Excel) a través de la página de Internet del SAT, en la sección “Mi Portal”, en el apartado denominado “Servicio o solicitud”, el cual deberá nombrarse con el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) que le corresponda del obligado. En caso de que alguna operación se haya realizado dos o más veces, se deberá enviar un archivo por cada operación, renombrando el archivo de Excel con el RFC y un número consecutivo, por ejemplo: EDG8903126TY_1, EDG8903126TY_2, etc.
  • Se obtendrá un acuse de recibo electrónico con número de folio.
  • Deberá presentarse de forma mensual, de acuerdo a la regla I.2.8.1.14 de la 5ta RMRMF para 2014, antes mencionada.

La Información que deberá presentarse es la referente a:

  • Operaciones Financieras establecidas en los artículo 20 y 21 de la LISR (operaciones financieras derivadas)
  • Operaciones de Precios de Transferencia
  • Participación en el Capital y Residencia Fiscal
  • Reorganización y reestructuras
  • Otras operaciones relevantes como:
    • Enajenación de bienes intangibles
    • Enajenación de activos financieros
    • Enajenación de bienes por fusión o escisión
    • Etc.

En nuestra opinión, aquellos contribuyentes que no realicen ninguna de las operaciones descritas en el formato 76, deberán presentarlo mensualmente únicamente con los datos informativos del contribuyente pero sin ninguna operación, esto con la intención de cumplir con la presentación de esta declaración informativa.

En caso de requerir una ampliación, aclaración o consultoría en esta materia nos ponemos a sus amables órdenes y le agradecemos comunicarse a nuestras oficinas.

Atentamente

Echeverría Castellanos Contadores Públicos, S.C.P.

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