Mérida, Yucatán, 27 de octubre de 2014
Reporte de montos totales de divisas extranjeras recibidas y entregadas
De acuerdo a la 49ª de las Disposiciones de Carácter General aplicables a centros cambiarios, éstos deberán comunicar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) por conducto de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) dentro de los últimos diez días hábiles de los meses de enero, abril julio y octubre de cada año, los montos totales de divisas extranjeras que hayan recibido y entregado como parte de las operaciones que hayan efectuado durante el trimestre inmediato anterior a los meses señalados, según corresponda, a través de los formatos electrónicos que la propia Comisión dé a conocer para tales efectos.
El pasado 16 de julio de 2014 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la “Resolución por la que se expide el formato oficial para el reporte de los montos totales de divisas aplicables a centros cambiarios” de la cual destaca lo siguiente:
- El envío se realizará a través del SITI, mediante el tipo de archivo “XML” con la extensión “.DE1”.
- El SITI generará un acuse de recibo electrónico en el que se hará constar la denominación del centro cambiario remitente, número de folio, tipo de reporte, período de envío, fecha y hora de recepción, así como el número total de registros recibidos.
- Los centros cambiarios presentarán a la Comisión la información a través del Oficial de Cumplimiento.
- Los centros cambiarios deberán remitir dentro de los últimos diez días hábiles del mes de octubre de 2014, la información de los montos totales de divisas extranjeras que hayan recibido y entregado, correspondiente al segundo y tercer trimestre de 2014.
Le recordamos que en caso de requerir una ampliación, aclaración o consultoría en esta materia nos ponemos a sus órdenes y le agradecemos comunicarse a nuestras oficinas.
Atentamente
Echeverría Castellanos Contadores Públicos, S.C.P.