Mérida, Yucatán, 30 de junio de 2014
30 de junio – Se vencen plazos
Le recordamos que este 30 de junio de 2014 se vence el plazo para el cumplimiento de algunas obligaciones fiscales de los contribuyentes, según lo establece la autoridad en las diversas disposiciones vigentes. Entre dichas obligaciones fiscales, podríamos destacar las siguientes:
- Presentación del dictamen fiscal
Los contribuyentes que dictaminen sus estados financieros para efectos fiscales o los Contadores Públicos Registrados, tenían como fecha límite para la presentación del dictamen fiscal correspondiente al ejercicio fiscal 2013 el 30 de junio de 2014.
Sin embargo el 25 de junio del presente año, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en su portal de Internet una prórroga para la presentación de dicho dictamen fiscal, la cual consiste:
Considerando la primera letra del Registro Federal de Contribuyente (RFC)
Letras del RFC |
Fecha de envío |
A – F |
Del 30 de junio al 03 de julio de 2014 |
G – O |
Del 04 al 09 de julio de 2014 |
P – Z |
Del 10 al 15 de julio de 2014 |
Esta calendarización aplica para la presentación del SIPRED y del SIPIAD (presentación de la información alternativa al dictamen fiscal).
- Buzón tributario para personas morales
Entre las diversas reformas fiscales vigentes, se encuentra establecido el uso de un sistema de comunicación electrónico conocido como “Buzón Tributario”; a través del cual la autoridad realizará al contribuyente, entre otras cosas, notificaciones de cualquier acto o resolución administrativa que emita.
Ahora bien, a través de un artículo transitorio para 2014 del Código Fiscal de la Federación (CFF) se señala la obligación del uso del Buzón Tributario, entrará en vigor únicamente para las personas morales a partir del 30 de junio del 2014.
Para conocer más sobre este tema, le sugerimos la lectura del boletín “Buzón Tributario – Obligatorio para Personas Morales a partir del 30 de Junio de 2014” a través del siguiente link https://ecacontadores.wordpress.com/content/buzon-tributario-personas-morales publicado el 26 de junio de 2014, en nuestra página de Internet www.ecacontadores.mx
- Las aerolíneas tendrán la obligación de emitir Comprobantes Fiscales a través de Internet (CFDI)
Durante el período comprendido del 1 de enero hasta el 30 de junio del 2014, los contribuyentes que presten servicios de transporte aéreo de personas podrán diferir la expedición de los CFDI, siempre que a más tardar el 1 de julio del mismo año cumplan con haber emitido a sus clientes que así lo hayan solicitado, todos los CFDI correspondientes al período señalado.
Para ahondar más sobre el tema, le sugerimos la lectura del boletín “Boletos de Avión” a través del siguiente link https://ecacontadores.wordpress.com/content/boletos-de-avion publicado el 3 de febrero de 2014, en nuestra página de Internet www.ecacontadores.mx
- Las entidades federativas tendrán la obligación de emitir CFDI a partir del 1 de julio de 2014
- Vales de despensa a través de monederos electrónicos
En la nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta, vigente a partir del 1 de enero de 2014, se estableció un requisito para la deducción de vales de despensa, el cual señala que su entrega deberá realizarse a través de monederos electrónicos autorizados por el SAT.
No obstante, en la regla I.3.3.1.34 de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014 se establece una prórroga para el uso de los vales de despensa que no sean monedero electrónico, de forma que estos puedan seguir utilizándose del 1 de enero al 30 de junio de 2014, considerando que la fecha de vigencia en los vales de despensa impresos no exceda del 31 de julio de 2014; o en caso de exceder, sólo serán deducibles los que se utilicen antes de dicha fecha.
En conclusión, a partir del 1 de julio del presente año, los vales de despensa deberán otorgarse en monederos electrónicos para su deducibilidad.
- Devolución de Impuesto al Valor Agregado (IVA) a contribuyentes del sector agropecuario
De acuerdo a lo señalado en la regla I.2.3.5 del Cuarto Anteproyecto de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014 las personas físicas y morales que se dediquen exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, podrán obtener la devolución del IVA en un plazo máximo de 20 días hábiles, en vez de 40 días como para los demás contribuyentes, siempre que se cumplan con los siguientes requisitos:
– Contar con FIEL y opinión positiva del cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
– El monto de la devolución no exceda la cantidad de $500,000.
– Que las últimas doce solicitudes de devolución no hayan sido negadas total o parcialmente por la autoridad fiscal, en más del 20% del monto solicitado y siempre que éste no exceda de $1’000,000.
Se prevén casos de exclusión para quienes se encuentren listados como emisores de comprobantes que amparan operaciones simuladas, o quienes los usen, así como a aquellos cuyo certificado FIEL le hubiera sido cancelado por estar no localizado.
En relación a lo mencionado en el primer párrafo, en el artículo Quinto Transitorio del mismo anteproyecto, se menciona que entrará en vigor a partir del 1 de julio de 2014 y será aplicable solamente a las solicitudes de devolución que correspondan a saldos a favor de IVA que se generaron a partir de enero del año en curso.
- Se vence el plazo para la presentación de las declaraciones del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF)
En el anteproyecto a la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, publicado el pasado 6 de junio de 2014, se establece en el artículo Cuarto Transitorio que la personas físicas que tributen en el RIF, deberán efectuar la presentación de las declaraciones correspondientes al primero y segundo bimestres de 2014 dentro del mismo periodo que corresponda a la presentación de la declaración correspondiente al tercer bimestre de 2014, es decir, hasta el mes de julio del mismo año.
Le sugerimos la lectura del boletín “Se prorroga el plazo para la presentación de las declaraciones del RIF” a través del siguiente link https://ecacontadores.wordpress.com/content/notificacion-rif publicado el 5 de mayo de 2014, en nuestra página de Internet www.ecacontadores.mx
- Las maquiladoras tendrán hasta el 30 de Junio de 2014 para la presentación del aviso de opción para obtener un acuerdo anticipado de precios (APA)
En caso de requerir una ampliación, aclaración o consultoría en alguna de los temas expuestos en este boletín, nos ponemos a sus amables órdenes y le agradecemos comunicarse a nuestras oficinas.
Atentamente
Echeverría Castellanos Contadores Públicos, S.C.P.