El 18 de octubre pasado se publicó en el portal de Internet del Servicio de Administración Tributaria la cuarta versión anticipada de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, misma que está pendiente de ser publicada en el Diario Oficial de la Federación, en donde se incluye la modificación a la regla 2.7.1.39. Cancelación de CFDI sin aceptación del receptor.
Los cambios son los siguientes:
- En la fracción I: Se reduce de $5,000 a $1,000 el monto requerido para que un CFDI se pueda cancelar sin la aceptación del receptor de dicho comprobante fiscal.
- En la fracción X: Se reduce el plazo de tres a un día hábil siguiente a su expedición para que un CFDI se pueda cancelar sin la aceptación del receptor de dicho comprobante fiscal.
En razón de lo anterior, a partir de dicha fecha fueron ajustados los servicios de cancelación con estos nuevos criterios en el portal del SAT y WS de cancelación.
Lo anterior a efecto de considerarlo en sus procesos y servicios.
En caso de requerir cualquier aclaración o consultoría en este tema nos ponemos a sus órdenes y le agradecemos comunicarse a nuestras oficinas.
Atentamente,
Echeverría Castellanos Contadores Públicos, S.C.P