Mérida, Yucatán, a 04 de agosto de 2020
Nuevas actividades esenciales
Con fecha de 03 de agosto de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el ACUERDO por el que se establecen como actividades esenciales las que se indican, en el cual se establece como acción extraordinaria que serán consideradas a partir del 4 de agosto de 2020 como esenciales las actividades realizadas por las empresas y negocios orientadas a satisfacer la demanda de bienes y servicios relacionados con:
- La fabricación, venta y distribución de insumos y artículos de papelería y material didácticos
- Uniformes, mochilas y demás artículos escolares
- Dispositivos electrónicos de cálculo y procesamiento de datos como son tabletas, computadoras y calculadoras
- Actividades desarrolladas por editoriales y librerías
Es importante señalar, que para que dichas actividades puedan iniciar laboras, deberán apegarse a lo señalado en los Lineamientos Técnicos Específicos para la Reapertura de las Actividades Económicas, publicado en el DOF el 29 de mayo del 2020.
A continuación, dejamos a su disposición la publicación oficial del ACUERDO mencionado: