Mérida, Yucatán, 05 de Noviembre de 2014

Servicios de validación del CFDI

Con fecha de 16 de octubre del presente año, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, la cual adiciona la regla I.2.7.1.33 que trata sobre los servicios de validación de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI).

Dicha regla comenta que tal como establece el artículo 29 del Código Fiscal de la Federación (CFF), los contribuyentes podrán comprobar la autenticidad de los CFDI que reciban consultando en el portal de Internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT) si el folio que ampara a dicho CFDI fue autorizado al emisor y si al momento de la emisión, el certificado del sello digital se encontraba vigente y registrado.

Como se menciona en el párrafo anterior, el SAT pondrá a disposición de los contribuyentes, en su página de Internet, la sección “Comprobantes Fiscales” donde existirá:

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  • Una aplicación informática gratuita, donde podrá realizarse una validación masiva de CFDI. Esta aplicación aún no se encuentra disponible en la página del SAT, sin embargo este servicio que es muy práctico para los contribuyentes, lo ofrecen los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC) como es el caso de “Soluciones Advans, S.A. de C.V.”, donde usted puede obtenerlo, para más información ingrese a advans.mx

La importancia de validar un CFDI reside en que de no hacerlo, el contribuyente estaría sujeto a los siguientes riesgos:

  • No podrá deducir o acreditar fiscalmente, tal como lo señala el artículo 29-A del CFF, las cantidades que estén amparadas en comprobantes fiscales que no reúnan alguno de los requisitos que se establecen en el artículo 29 del mismo CFF.
  • Podrá incurrir en un delito de defraudación fiscal, tal como se establece en el artículo 109, fracción VIII del CFF, cuando se den efectos fiscales a CFDI que no reúnan los requisitos de los artículos 29 y 29-A del mismo CFF. Es decir, podrá verse sujeto el contribuyente a sanciones de carácter administrativo (multas) y también de carácter penal, si el comprobante fiscal no cumple con los requisitos de validación.

Como se menciona en el párrafo anterior, por su seguridad, es necesario que los contribuyentes (receptores de CFDI) validen sus comprobantes fiscales, ya sea mediante la página de Internet del SAT antes mencionada, o por medio los PAC que ofrecen este servicio, incluso de forma gratuita, como es el caso de la empresa certificada por el SAT “Soluciones Advans S.A. de C.V.” cuyos servicios recomendamos ampliamente y a quienes puede contactar a través de los teléfonos 01(800) 841 – 6655 o (999) 289 – 7048 o a través de la siguiente liga: https://app.advans.mx/recepcion/public/validar/ para poder validar sus comprobantes fiscales de forma gratuita.

De igual forma, ponemos a su disposición a través de la presentación de power point adjunta, una pequeña guía para verificar sus CFDI a través de la página del SAT.

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En caso de requerir una ampliación, aclaración o consultoría en esta materia nos ponemos a sus órdenes y le agradecemos comunicarse a nuestras oficinas.

Atentamente

Echeverría Castellanos Contadores Públicos, S.C.P.

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