Mérida, Yucatán, 30 de mayo de 2014

Renovación de autorización para recibir donativos deducibles para 2015

El pasado 23 de mayo de 2014, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer a través de su portal de Internet información relativa a los trámites que necesariamente tienen que realizar las donatarias autorizadas; entre los que se encuentra el procedimiento para la renovación de la autorización para recibir donativos deducibles en el 2015.

Para dicha renovación, será necesario cumplir con los siguientes pasos:

  1. Cumplir con las obligaciones de:
  • Haber declarado los ingresos y egresos que correspondieron al ejercicio fiscal 2013, a más tardar el 15 de febrero de 2014 según lo indica el artículo 86, tercer párrafo de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) 2014.
  • Presentar el dictamen fiscal simplificado del ejercicio fiscal 2013, según lo señala en el artículo 32-A y el segundo transitorio, fracción I del Código Fiscal de la Federación (CFF) 2014.

En caso de haber cumplido con la presentación de todas las declaraciones de pago e informativas y no haber percibido ingresos mayores a 2 millones de pesos en el ejercicio fiscal, de acuerdo a lo establecido en la regla I.2.19.1 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, la donataria autorizada no tendrá la obligación de presentar dicho dictamen fiscal.

  1. Presentar en los meses de agosto y septiembre 2014 la información de transparencia correspondiente al ejercicio fiscal 2013 de acuerdo a lo señalado en la regla I.3.9.10 y el artículo décimo primero transitorio de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014.
  1. Consultar los datos de la donataria autorizada en:
  • El anexo 14 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015, que se publicará en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
  • El directorio correspondiente a donatarias autorizadas, publicado en el portal de Internet del SAT (sat.gob.mx).

Siguiendo estos pasos, las donatarias y los donantes tendrán el beneficio de contar con la certeza jurídica de la autorización desde el comienzo del ejercicio fiscal 2015.

En caso incumplir con alguno de los requisitos o no de haber presentado la declaración anual de ingresos y egresos, el dictamen fiscal simplificado o la declaración de transparencia del uso y destino de los donativos recibidos, la donataria autorizada perderá dicha autorización para recibir donativos deducibles.

Le recordamos que en caso de requerir una ampliación, aclaración o consultoría en esta materia nos ponemos a sus amables órdenes y le agradecemos comunicarse a nuestras oficinas.

Atentamente

Echeverría Castellanos Contadores Públicos, S.C.P

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