Mérida, Yucatán, a 12 de octubre de 2020

SAT informa acerca de las áreas autorizadas para emitir cartas invitación o exhortos a personas contribuyentes

Con fecha 12 de octubre 2020, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) a través del Comunicado de prensa 061/2020 informa que, si una persona física o moral recibe una carta de invitación o exhorto por parte de alguna autoridad del SAT en la que se solicite el cumplimiento de sus declaraciones, podrán realizar la aclaración correspondiente ante la Administración Desconcentrada de Recaudación más cercana a su domicilio fiscal.

Es importante mencionar, que dicho comunicado precisa que las únicas áreas autorizadas para emitir estas invitaciones o exhortos son:

  • La Administración General de Recaudación
  • La Administración Central de Promoción y Vigilancia del Cumplimiento
  • Las Administraciones Desconcentradas de Recaudación

Todo esto, queda establecido en la regla 2.12.15 de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal 2020.

Para finalizar, disposición la publicación oficial:

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