Mérida, Yucatán, a 23 de junio de 2020

Renovación de e.firma vencida por internet

El pasado 22 de junio del 2020, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) a través del Comunicado de prensa 022/2020 dio a conocer que la renovación de la e.firma para personas físicas, cuyo vencimiento no sea mayor a un año, se podrá realizar vía remota a través de la herramienta SAT ID.

Esta medida se tomó ante la emergencia sanitaria y para propiciar el cumplimiento de la sana distancia y el quedarse en casa.

Es importante tener en consideración, que la renovación de la e.firma a través de la herramienta SAT ID sólo será posible si el vencimiento de la misma no excede de un año al momento de su trámite.

Para la renovación de la e.firma a través del SAT ID es necesario:

  • Solicitar la autorización para la renovación de la e.firma a través del SAT ID y que ésta sea aprobada.
  • Contar con el archivo del Certificado Digital vencido (.CER)
  • Contar con el archivo de la Llave Privada del Certificado vencido (.KEY)
  • Conocer la contraseña de la e.firma vencida
  • Una dirección de correo electrónico

Lo antes mencionado queda señalado en la «regla 2.2.14. requisitos para la solicitud de generación o renovación del certificado de e.firma» de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020, en su segunda versión anticipada,  la cual aún está pendiente de publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) pero dicha regla se encuentra vigente desde el 22 de junio de 2020, según lo establece el artículo Primero Transitorio de la misma Resolución.

Para finalizar, es relevante recordar que si la e.firma aún no ha vencido, el trámite de su renovación se continúa realizando a través de la herramienta CertiSAT.

Dejamos a su disposición ambas publicaciones oficiales:

39. Comunicado 022-2020 SAT ID

39. 2a+RMRMF+2020_2a+versión+anticipada+19+junio+2020+limpia

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