Mérida, Yucatán, 9 de noviembre de 2016
Convocatoria para la Certificación en Materia de Prevención de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y Financiamiento al Terrorismo
El 8 de noviembre del año en curso se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Convocatoria para la Certificación en Materia de Prevención de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y Financiamiento al Terrorismo.
Dicha convocatoria se encuentra dirigida a las siguientes personas:
I. Los oficiales de cumplimiento, auditores externos independientes, auditores internos y demás profesionales que presten sus servicios en las entidades financieras y demás personas sujetas a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, para la verificación del cumplimiento de las leyes financieras y de las disposiciones que emanen de ellas en materia de prevención, detección y reporte de actos, omisiones u operaciones que pudiesen ubicarse en los supuestos de los artículos 139 Quáter o 400 Bis del Código Penal Federal;
II. A los auditores y demás profesionales que coadyuven con la Comisión Nacional Bancaria y de Valores cuando esta los contrate, para la verificación del cumplimiento de las leyes financieras y de las disposiciones que emanen de ellas en materia de prevención, detección y reporte de actos, omisiones u operaciones que pudiesen ubicarse en los supuestos de los artículos 139 Quáter o 400 Bis del Código Penal Federal, y
III. A aquellas personas físicas que cumplan con los requisitos y documentación establecidos en las «Disposiciones de carácter general para la certificación de auditores externos independientes, oficiales de cumplimiento y demás profesionales en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo», publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 2 de octubre de 2014 y modificadas mediante resolución publicada en dicho órgano de difusión el 13 de marzo de 2015.
Bases de Participación:
PRIMERA.- Los Participantes, al momento de presentar la solicitud de certificación, deberán reunir los siguientes requisitos:
I. Contar al menos con un nivel de estudios equivalente a licenciatura;
II. Tener experiencia de al menos un año en materia de prevención, detección y reporte de actos, omisiones u operaciones que pudiesen ubicarse en los supuestos previstos en los artículos 139 Quáter o 400 Bis del Código Penal Federal. En caso de que el Participante no cuente con título o cédula profesional, deberá demostrar que cuenta con experiencia de al menos cuatro años en la materia;
III. No haber sido sentenciado por delitos patrimoniales, ni inhabilitado para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, o en el sistema financiero mexicano o de cualquier otro país, y
IV. No tener antecedentes de suspensión, cancelación o revocación de algún registro para fungir como auditor externo independiente, o bien, que no le haya sido revocada previamente alguna certificación por parte de la Comisión.
SEGUNDA.- Los Participantes deberán proporcionar y adjuntar a la solicitud para la obtención del Certificado la siguiente información y documentación:
I. Identificación oficial con fotografía expedida por autoridad federal. En el caso de extranjeros, será necesario enviar el documento que acredite su legal estancia en territorio nacional;
II. En su caso, título o cédula profesional;
III. Curriculum vitae en el que precise la experiencia con la que cuenta en la materia, precisando las referencias de sus empleadores;
IV. Cualquiera de los reportes de crédito que más adelante se indican emitidos por sociedades de información crediticia a que se refiere el artículo 36 Bis de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, con una vigencia no mayor a dos meses de su expedición:
a) Aquel emitido por una sociedad de información crediticia en el que se incluya la información contenida en las bases de datos de las demás sociedades de información crediticia, o
b) Los reportes de crédito individuales emitidos por la totalidad de las sociedades de información crediticia.
V. Carta bajo protesta de decir verdad de que no se encuentra en los supuestos a que se refiere la base anterior, fracciones III y IV, así como que la información y documentación proporcionada conforme al presente artículo, es veraz;
VI. En su caso, comprobante del pago por concepto de certificación, y
VII. La demás señaladas en el «Instructivo para solicitar la expedición del certificado en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo», que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores dará a conocer en su portal de internet, dentro de la sección denominada «Obtención del Certificado» en la siguiente dirección http://www.gob.mx/cnbv.
TERCERA.- Durante el año 2017, se realizarán 3 exámenes con un cupo de hasta 1,500 lugares por evaluación en las sedes que determine la CNBV en la Ciudad de México, Jalisco y Nuevo León, los cuales se llevarán a cabo en las siguientes fechas: 22 de abril, 1 de julio y 4 de noviembre de 2017, todos a las 9:00 horas, con una duración de cuatro horas.
CUARTA.- El cronograma para cada proceso de certificación durante el año 2017, será conforme a lo siguiente:
Etapa | Fecha o Plazo |
Enero | |
Registro y envío de solicitud de obtención del certificado | Del 2 al 31 de enero de 2017 |
Cotejo de la documentación | 22 de abril de 2017 |
Aplicación del examen | 22 de abril de 2017 |
Notificación de los resultados del examen | 22 de mayo de 2017 |
Abril | |
Registro y envío de solicitud de obtención del certificado | Del 1 al 30 de abril de 2017 |
Cotejo de la documentación | 1 de julio de 2017 |
Aplicación del examen | 1 de julio de 2017 |
Notificación de los resultados del examen | 28 de julio de 2017 |
Agosto | |
Registro y envío de solicitud de obtención del certificado | Del 1 al 31 de agosto de 2017 |
Cotejo de la documentación | 4 de noviembre de 2017 |
Aplicación del examen | 4 de noviembre de 2017 |
Notificación de los resultados del examen | 4 de diciembre de 2017 |
QUINTA.- El resultado que recaiga a la evaluación será «Aprobatorio» o «No Aprobatorio».
SEXTA.- A efecto de garantizar la atención y resolución de las dudas que los participantes formulen con relación al proceso, la CNBV pone a su disposición el siguiente correo electrónico certificacionpld@cnbv.gob.mx.
Le recordamos que en caso de requerir mayor ampliación, aclaración o consultoría en esta materia nos ponemos a sus órdenes y le agradecemos comunicarse a nuestras oficinas.
Atentamente
Echeverría Castellanos Contadores Públicos, S.C.P.