Mérida, Yucatán, 07 de Marzo de 2016

Las Personas Físicas que opten por utilizar “Mis Cuentas”, tendrán que presentar un Aviso ante el SAT

Como comentamos en el boletín anterior, con fecha de 4 de marzo de 2016 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en su portal de Internet un nuevo Anteproyecto de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016, a través del cual se adiciona la regla 2.8.1.19 la cual presenta una nueva obligación para personas físicas que opten por utilizar “Mis Cuentas” para el envío de su información contable de manera electrónica.

La regla 2.8.1.19 mencionada en el párrafo anterior señala que los contribuyentes personas físicas que opten por utilizar la herramienta “Mis Cuentas” para el envío mensual de su contabilidad electrónica, deberán ejercer dicha opción a través de la presentación de un caso de aclaración en el Portal de Internet del SAT.

Ahora bien, lo mencionado anteriormente será aplicable siempre y cuando estos contribuyentes no se hubieran encontrado obligados a llevar e ingresar su contabilidad electrónica en el Portal de Internet del SAT a partir del 1 de enero de 2015, por haber obtenido ingresos acumulables mayores a cuatro millones de pesos durante el ejercicio de 2013, o bien, que en 2014 o 2015 hayan rebasado dicho monto.

Para finalizar, la regla 2.8.19 establece que las Asociaciones Religiosas también podrán optar por enviar su contabilidad electrónica a través de la herramienta “Mis Cuentas”, presentando el mismo el Aviso mediante el caso de aclaración en el Portal de Internet del SAT.

Es importante recordar que la regla comentada en este boletín todavía no ha sido publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Le reiteramos que en caso de requerir mayor ampliación, aclaración o consultoría en esta materia nos ponemos a sus órdenes y le agradecemos comunicarse a nuestras oficinas.

Atentamente

Echeverría Castellanos Contadores Públicos, S.C.P.

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