Mérida, Yucatán, 29 de Diciembre de 2014

Ampliación de plazo para “Consulta de Reporte de Retroalimentación de Calidad” en el Portal Antilavado

A través de un comunicado difundido en el Portal de Prevención de Lavado de Dinero del SAT el pasado mes de noviembre, se informó a aquellos usuarios que utilizan el módulo “Envío Masivo” de avisos e informes anti-lavado, que el sistema rechazará aquellos que vengan con errores, como medida para asegurar la calidad de la información reportada en términos de la LFPIORPI.

La herramienta “Consulta de Reporte de Retroalimentación de Calidad” consiste en un validador de archivos, de forma que el sistema rechaza aquellos que vengan con errores, sin que ello constituya un rechazo de la información, y tiene como objetivo brindar información para que en envíos posteriores, la información se genere sin errores antes de subirla al SPPLD.

Dicha herramienta estaría disponible en el Portal de Prevención de Lavado de Dinero del SAT hasta el 31 de diciembre de 2014.

El día de hoy, a través de un nuevo comunicado en el referido portal, se informa que este plazo se amplía hasta el 31 de marzo de 2015, y que será a partir del 1 de abril de 2015 que se rechazarán los avisos e informes enviados con errores:

AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA EL USO DE LA HERRAMIENTA “CONSULTA DE REPORTE DE RETROALIMENTACIÓN DE CALIDAD”

Con el fin de mejorar el proceso de envío y la calidad de información de los Avisos e Informes a que se refiere la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y su normatividad secundaria, se hace de su conocimiento que se amplía el plazo de disponibilidad de la herramienta “Consulta de Reporte de Retroalimentación de Calidad” al 31 de marzo de 2015.

Lo anterior, con la finalidad de quienes realicen Actividades Vulnerables cuenten con mayor tiempo para implementar las medidas necesarias para el envío correcto de sus Avisos e Informes.

La herramienta “Consulta de Reporte de Retroalimentación de Calidad” tiene como objetivo brindar información para que en envíos posteriores, la información se genere sin errores antes de subirla al SPPLD.

Dicha herramienta consiste en un link localizado en la ventana “Ver acuses” y en ella se muestran los errores encontrados en los Avisos e Informes, SIN QUE ELLO CONSTITUYA UN RECHAZO DE LA INFORMACIÓN.

Cabe mencionar que con la ampliación del plazo mencionando, a partir del 1 de abril de 2014 el SPPLD rechazará los avisos e Informes enviados con errores.

Agradecemos nuevamente la atención mostrada para el cumplimiento de la ley, así como su interés en el funcionamiento del SPPLD.

Le recordamos que en caso de requerir mayor ampliación, aclaración o consultoría en esta materia nos ponemos a sus órdenes y le agradecemos comunicarse a nuestras oficinas.

Atentamente

Echeverría Castellanos Contadores Públicos, S.C.P.

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