Mérida, Yucatán, 11 de septiembre de 2014

Nueva facilidad administrativa para el RIF

El pasado martes 9 de septiembre de 2014, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), dio a conocer en su portal de Internet el primer anteproyecto de la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, aún pendiente de publicarse en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el cual establece que las personas físicas que tributen en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) debieron de haber presentado la declaración correspondiente al primer bimestre de 2014 durante el mes de julio del mismo año, mientras que las declaraciones correspondientes al segundo y tercer bimestre del 2014, pudieron haberse presentado en julio 2014 o a más tardar en agosto del mismo año.

Es importante no olvidar que dichas declaraciones mencionadas en el párrafo anterior, debían presentarse exclusivamente por cada uno de los bimestres de 2014, sin combinarlos.

No obstante, en el anteproyecto se adiciona una nueva facilidad administrativa (no prórroga) para las personas físicas que tributen bajo este régimen, la cual señala que los contribuyentes del RIF que presenten las declaraciones bimestrales correspondientes al ejercicio fiscal 2014, a más tardar en enero de 2015 no tendrán que dejar de tributar conforme al RIF y comenzar a tributar en el régimen general de las personas físicas, como se señala en el artículo 112, fracción VIII de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, donde se establece esa “sanción” para los contribuyentes del RIF que no presenten las declaraciones bimestrales en el plazo establecido en 2 ocasiones en forma consecutiva o en 5 ocasiones no consecutivas durante 6 años.

Es importante mencionar que esto no es una prórroga para presentar las declaraciones bimestrales en plazos diferentes a los ya señalados en las disposiciones fiscales, sino es una facilidad administrativa que los exime del castigo de expulsarlos del RIF en caso de no haber presentado sus declaraciones a tiempo.

Le reiteramos que en caso de requerir una ampliación, aclaración o consultoría en esta materia nos ponemos a sus órdenes y le agradecemos comunicarse a nuestras oficinas.

Atentamente

Echeverría Castellanos Contadores Públicos, S.C.P.

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