Mérida, Yucatán, 28 de noviembre de 2013

VENCE EL PLAZO PARA INSCRIBIRSE AL INFONACOT

Desde el 2 de mayo de 1974, se constituyó el contrato fiduciario que dio inicio a las labores del Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores (Fonacot). El 24 de abril de 2006 el Fonacot dejó atrás el fideicomiso, volviéndose en un organismo público descentralizado de interés social de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, con personalidad jurídica y patrimonio propio y autosuficiencia presupuestal, tomando el nombre de Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (Infonacot).

Dicho instituto contempla la necesidad de los trabajadores de tener una vida digna y con calidad, de tal forma, contempla la posibilidad de que éstos adquieran bienes muebles y contraten servicios con cargo a su salario para lograr este fin. De esta forma el Infonacot los apoya con una amplia gama de financiamientos a través de créditos baratos, para así, elevar su nivel de vida y el de sus familias.

Hasta el 30 de noviembre de 2013, los patrones pueden acceder voluntariamente a afiliarse, pero a partir del 1° de diciembre del mismo año la LFT lo tornará obligatorio según lo dispone su artículo 132, fracción XXVI Bis. Esto involucra a los patrones y los vuelve responsables de su aplicación, así como de efectuar los descuentos y enterarlos al Infonacot.

La afiliación podrá efectuarse a través de medios electrónicos o en las oficinas de Infonacot, por medio del representante, propietario, apoderado legal o funcionario facultado para realizar dicho trámite.

El patrón deberá descontar a sus trabajadores de sus salarios las amortizaciones de manera semanal, quincenal, mensual o en la periodicidad establecida en la nómina, mismas que tendrá que enterar mensualmente en las oficinas del Infonacot o en la institución bancaria designada.

La omisión de la afiliación de los patrones constituye una infracción sancionable con multas equivalente desde 50 hasta 5,000 VSMG, es decir, desde $3,238.00 hasta $323,800.00.

Finalmente, recomendamos la observancia de esta nueva obligación patronal, que propicia un mejor clima laboral dentro de las organizaciones, ya que proporciona al trabajador la oportunidad de obtener créditos baratos para adquirir bienes y servicios y que con su cumplimiento oportuno se evita que los patrones sean sancionados por no cumplir con la obtención de este registro.

En caso de requerir mayor ampliación, aclaración o consultoría en esta materia nos reiteramos a sus amables órdenes y le agradecemos comunicarse a nuestras oficinas.

Atentamente

Echeverría Castellanos Contadores Públicos, SCP

 

 

 

 

 

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